La liquidación de gananciales es un paso fundamental en el proceso de divorcio o separación en muchos sistemas legales. Este procedimiento se refiere a la división de los bienes adquiridos durante el matrimonio, excluyendo aquellos considerados bienes privativos de cada cónyuge.

La liquidación de gananciales es un paso fundamental en el proceso de divorcio o separación en muchos sistemas legales. Este procedimiento se refiere a la división de los bienes adquiridos durante el matrimonio, excluyendo aquellos considerados bienes privativos de cada cónyuge.
En muchos países, como es el caso de España, los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges durante el matrimonio se consideran gananciales, con independencia de las aportaciones (ingresos) de cada cónyuge. No son bienes gananciales, sin privativos, aquellos bienes que fueron adquiridos previo al matrimonio, incluso los adquiridos durante el matrimonio con medios privativos.
La liquidación de estos gananciales se realiza normalmente en el momento del divorcio o la separación legal o inmediatamente después, y es aconsejable que así sea, pues la división del patrimonio común va a permitir a cada cónyuge organizar su vida independientemente del otro.
El proceso de liquidación de gananciales implica varias etapas, entre ellas:
- Inventario de bienes: Se realiza un inventario detallado de todos los bienes adquiridos durante el matrimonio. Esto puede incluir propiedades, cuentas bancarias, inversiones, vehículos, muebles, entre otros.
- Valoración de bienes: Se determina el valor actual de cada uno de los bienes inventariados. En algunos casos, puede requerirse la ayuda de expertos para valorar propiedades o activos financieros.
- Deudas: Se contemplan las deudas contraídas durante el matrimonio. Estas también se consideran parte de la liquidación y se deben distribuir equitativamente entre los cónyuges.
- Distribución equitativa: La distribución de los bienes gananciales se hace de manera equitativa, lo que significa que una vez descontados los bienes privativos de cualquiera de los cónyuges, el reparto debe ser lo más justo posible, adjudicándose cada ex cónyuge el 50% del valor total de la masa ganancial.
- Acuerdo o decisión judicial: En función de las circunstancias y la relación entre las partes, la liquidación de gananciales puede resolverse mediante un acuerdo entre los cónyuges o puede ser dictaminada por un tribunal en casos de desacuerdo.
Una vez se tenga, bien el acuerdo entre ambos o bien la sentencia judicial procede realizar la liquidación ante Hacienda y realizar los trámites correspondientes para le efectividad de la adjudicaciones, sobre todo cuando existen bienes inmuebles que hay que registrar en el correspondiente registro de la propiedad e inmuebles que requieren un cambio de titularidad.
En cualquier caso, la liquidación de gananciales es un aspecto crucial en el proceso de separación o divorcio, ya que busca asegurar una división justa y equitativa de los activos adquiridos durante la unión matrimonial, permitiendo a ambas partes seguir adelante con sus vidas de manera justa y financiera estable.
Y en todo caso, para situaciones específicas o asesoramiento legal detallado, siempre es recomendable buscar la orientación de un profesional del derecho especializado en derecho familiar o matrimonial.
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